Las Islas Malvinas son Argentinas

Le requerimos a la Dirección Provincial de Transporte de Neuquén que informe qué está haciendo para que se cumpla la Ley 2953 que requiere que los transportes públicos de pasajeros tengan la inscripción "las Islas Malvinas son Argentinas".
PROYECTO 10.435
DE RESOLUCIÓN
EXPTE.D-039/17
NEUQUÉN, 24 de febrero de 2017

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN RESUELVE:

Artículo 1o Requerir al Ministerio de Economía e Infraestructura para que mediante la Dirección Provincial de Transporte de Neuquén, informe sobre lo actuado en el marco de la aplicación de la Ley 2953 que adhiere a la Ley nacional 27.023, que establece que todos los medios de transporte público de pasajeros deben disponer, en sus unidades, de un espacio destacado donde se inscriba la leyenda: “las Islas Malvinas son argentinas”.

Artículo 2o De forma.

FUNDAMENTOS

Que el artículo 1o de la Ley nacional 27.023 expresa en forma textual lo siguiente: Todos los medios de transporte público de pasajeros, de origen nacional, que presten servicios por cualquier título dentro de la jurisdicción del Estado nacional y también fuera del mismo, están obligados a disponer, en sus unidades, de transporte de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribirse la leyenda “las Islas Malvinas son argentinas”, con una tipografía y formato que determinará la reglamentación.
Que en el Título de nuestra Constitución Provincial Reivindicación de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur comenta, artículo 20: La Provincia del Neuquén ratifica la legítima e imprescriptible soberanía dela Nación Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
Que la Ley provincial 2953, en su artículo 1o, adhiere a la Ley nacional, estableciendo que todos los medios de transporte público de pasajeros deben disponer, en sus unidades, de un espacio destacado donde se inscriba la leyenda: “las Islas Malvinas son argentinas”.-
Que además, en el artículo 3o de dicha Ley, se expresa: Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley.
Que cada 2 de abril recordamos el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, fecha que también conmemora el desembarco argentino en las Islas.
Que el presente proyecto tiene como objetivo seguir avanzando en la construcción de la conciencia ciudadana, en el reconocimiento a los héroes que lucharon por nuestros derechos de soberanía y a modo de reclamo justo e indeclinable que como argentinos, llevamos adelante sobre las Islas Malvinas. 
Fdo.) BERTOLDI, Javier César —Bloque FPVPROV—.

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