Pedido de informe sobre la protección contra trastornos alimentarios en las escuelas y colegios de la provincia

Presentamos una resolución para que la Subsecretaría de Salud de la Provincia del Neuquén informe si se está cumpliendo con la Ley 2616/08 sobre la prevención contra trastornos alimentarios en el contexto del ámbito educativo de la Provincia, jardines de infantes, escuelas primarias y secundarias. 
Legislación que considera a la obesidad como enfermedad, y su prevención, diagnóstico y tratamiento como prestación básica obligatoria esencial garantizada. La prevención comprende educación alimentaria nutricional; el desarrollo de programas de alimentación saludable y actividad física; la detección y tratamiento de factores de riesgo.

PROYECTO 10.513
DE RESOLUCIÓN
EXPTE.D-095/17
NEUQUÉN, 14 de marzo de 2017

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN RESUELVE:

Artículo 1o Solicitar a la Subsecretaría de Salud de la Provincia del Neuquén, se informe si se está cumpliendo con la Ley 2616/08 de adhesión a la Ley nacional 26.396, sobre trastornos alimentarios en el contexto del ámbito educativo de la Provincia, jardines de infantes, escuelas primarias y secundarias. Específicamente:
  1. ¿Qué parámetros ha establecido a fin de asegurar una ingesta alimenticia equilibrada en comedores escolares o comunitarios y corregir deficiencias en micronutrientes o excesos de calorías, respetando las particularidades de la cultura alimentaria local?
  2. ¿Qué actuaciones está llevando a cabo para garantizar que en los quioscos, bufet y demás medios de expendio de alimentos que se encuentren en los establecimientos escolares se ofrezcan productos de alto valor nutricional como frutas, verduras, cereales y lácteos?
  3. ¿Cuáles establecimientos están cumpliendo con las comodidades y el equipamiento adecuado para el uso y asistencia de las personas que padecen obesidad?
  4. ¿Cuántos talleres y reuniones para dar a conocer a los padres y tutores, conductas, hábitos alimentarios y estilos de vida saludables se han realizado desde la sanción de la Ley hasta el presente? ¿Qué contenidos y resultados se tienen de dichos talleres y reuniones?
  5. ¿Cuáles criterios y acciones se han fijado para la capacitación y actualización de los docentes de los distintos niveles, ciclos o modalidades sobre esta temática, a los efectos de contribuir a la prevención o detección temprana del sobrepeso, obesidad, bulimia y anorexia, y su adecuado tratamiento, se han realizado desde la sanción de la Ley hasta el presente?
  6. ¿Qué actuaciones se han llevado a cabo para incorporar dentro del Nivel Inicial, Primario y al Ciclo Básico de Enseñanza Media y Técnica, contenidos temáticos de Educación Alimentaria Nutricional y herramientas para alcanzar un estilo de vida saludable, en sus respectivas currículas y planes de estudios?
  7. ¿Cuáles estándares alimentarios se han establecidos para garantizar que los comedores escolares velen por los aspectos nutricionales de la población atendida, poniendo especial énfasis en la corrección de las deficiencias o excesos de nutrientes, atendiendo las particularidades de la cultura alimentaria local? ¿Qué nivel ha alcanzado en el cumplimiento de dichos estándares?
Artículo 2o Comuníquese a la Subsecretaría de Salud de la Provincia.

FUNDAMENTOS

En el año 2008, la Provincia del Neuquén se adhiere a la Ley nacional 26.396 mediante la Ley provincial 2616/08.
Legislación que considera a la obesidad como enfermedad, y su prevención, diagnóstico y tratamiento como prestación básica obligatoria esencial garantizada. La prevención comprende educación alimentaria nutricional; el desarrollo de programas de alimentación saludable y actividad física; la detección y tratamiento de factores de riesgo.
Dicha Ley establece que la autoridad de aplicación deberá definir parámetros alimentarios a fin de asegurar una ingesta alimenticia equilibrada en comedores escolares o comunitarios y corregir deficiencias en micronutrientes o exceso de calorías, respetando las particularidades de la cultura alimentaria local.
La autoridad de aplicación también es la encargada de coordinar con el Consejo Provincial de Educación; la Subsecretaría de Educación y sus direcciones de niveles, la implementación de las siguientes acciones:
  • Garantizar que en los quioscos, bufet y demás medios de expendio de alimentos que se encuentren en los establecimientos escolares se ofrezcan productos de alto valor nutricional como frutas, verduras, cereales y lácteos. Los mismos deberán estar adecuadamente exhibidos y anunciados.
  • Los establecimientos educacionales deberán contar con las comodidades y el equipamiento adecuado para el uso y asistencia de las personas que padecen obesidad.
  • La realización de talleres y reuniones para dar a conocer a los padres y tutores, conductas, hábitos alimentarios y estilos de vida saludables.
  • La fijación de criterios y acciones para la capacitación y actualización de los docentes de los distintos niveles, ciclos o modalidades sobre esta temática, a los efectos de contribuir a la prevención o detección temprana del sobrepeso, obesidad, bulimia y anorexia, y su adecuado tratamiento.
  • La incorporación dentro del Nivel Inicial, Primario y al Ciclo Básico de Enseñanza Media y Técnica, contenidos temáticos de Educación Alimentaria Nutricional y herramientas para alcanzar un estilo de vida saludable, en sus respectivas currículas y planes de estudios. La autoridad de aplicación, proporcionará los lineamientos y contenidos de esta currícula.
  • El desarrollo de estándares alimentarios para garantizar que los comedores escolares velen por los aspectos nutricionales de la población atendida, poniendo especial énfasis en la corrección de las deficiencias o excesos de nutrientes, atendiendo las particularidades de la cultura alimentaria local.
Fdo.) BERTOLDI, Javier César —Bloque FPVPROV—. Con la adhesión de: PARRILLI, Nanci María Agustina - GUTIÉRREZ, María Ayelén —Bloque FPVPROV—

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