Certificados de Aptitud Ambiental

Requerimos a la provincia que informe sobre cuál ha sido a aplicación de los certificados de Aptitud Ambiental para la Actividad Hidrocarburífera. 
PROYECTO 10.714 DE RESOLUCIÓN EXPTE.D-296/17 
NEUQUÉN, 4 de mayo de 2015

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN RESUELVE:

Artículo 1o Requerir informes a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación de la Ley 2600 y su modificatoria 2735 respecto de lo siguiente:
a) Listado de municipios adheridos.
b) Número de Certificados de Aptitud Ambiental entregados discriminados por municipio y por año de vigencia de la Ley (artículo 3o).
c) Número de inspecciones realizadas por municipio y por año según artículo 4o.
d) Listado de empresas inscriptas en el Registro de Control Ambiental de la Actividad Hidrocarburífera según artículo 5o.
e) Nivel de cumplimiento de la entrega de listados de productos químicos previstos en el artículo 10o.
f) Valor actual de la tasa establecida por año según lo establecido en artículo 13. Ingresos por la tasa ambiental por municipio y por año.
Artículo 2o Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS 
La Ley 2600 fue sancionada en julio de 2008 con el fin de “(...) extremar las medidas de resguardo y protección ambiental en el ámbito de las actividades hidrocarburíferas (...)” instituyendo el “Certificado de Aptitud Ambiental de la Actividad Hidrocarburífera”.
En función de la elaboración de este certificado se establece un régimen de inspecciones de rutina denominada “Monitoreo Anual de Instalaciones, Obras y Tareas (MAIOT)”, por el cual se establece el cobro de una tasa ambiental anual a las empresas comprendidas dentro de esta Ley.
En la Ley en su artículo 3o habilita a los municipios de primera categoría a realizar esta tarea y percibir las tasas correspondientes.
A 8 años de vigencia de la Ley se observan dificultades y conflictos a la hora de su aplicación con los municipios adheridos, lo cual presupone que la Ley no ha sido adecuada al fin para lo cual fue creada.
Sólo la mitad de los municipios en condiciones de adherir lo han hecho dejando en zona gris la certificación en esas jurisdicciones.
Las que han adherido como el municipio de Rincón de los Sauces ha tenido litigios judiciales que han colisionado con la autonomía municipal y con el poder de Policía en materia ambiental dentro de sus jurisdicciones.
Es por ello, que en función del tiempo transcurrido resulta necesario realizar una evaluación de la eficacia de la Ley en función de los objetivos pretendidos y realizar los ajustes y cambios necesarios para que el control ambiental de la actividad sea eficaz y eficiente con la participación de los diferentes niveles del Estado municipal, provincial y nacional.

Fdo.) BERTOLDI, Javier César - PARRILLI, Nanci María Agustina —Bloque FPVPROV—.

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